Las 10 medidas del artículo 21 de NIS2 explicadas
El artículo 21.2 de NIS2 fija 10 medidas mínimas de gestión de riesgos de ciberseguridad que toda entidad esencial o importante debe implantar. No son opcionales ni a la carta: hay que cubrir las diez con un enfoque proporcional al riesgo.
Las diez medidas mínimas
- • Políticas de análisis de riesgos y seguridad de los sistemas de información: Políticas documentadas, aprobadas por el órgano de dirección y revisadas periódicamente, que identifiquen activos, amenazas y riesgos sobre redes y sistemas.
- • Gestión de incidentes: Procedimientos de detección, respuesta y recuperación, alineados con los plazos de notificación del artículo 23: alerta temprana en 24h, notificación en 72h, informe final en un mes.
- • Continuidad de las actividades: Gestión de copias de seguridad con pruebas de recuperación, plan de recuperación ante desastres y gestión de crisis.
- • Seguridad de la cadena de suministro: Requisitos de ciberseguridad en las relaciones con proveedores directos y prestadores de servicios, incluidas cláusulas contractuales y evaluación de proveedores críticos.
- • Seguridad en la adquisición, desarrollo y mantenimiento de sistemas: Gestión de vulnerabilidades y su divulgación, parcheado, y requisitos de seguridad en compras y desarrollos.
- • Políticas para evaluar la eficacia de las medidas: Auditorías, métricas e indicadores que demuestren que las medidas de gestión de riesgos funcionan.
- • Ciberhigiene básica y formación: Prácticas básicas (actualizaciones, contraseñas, segmentación) y formación en ciberseguridad para plantilla y, especialmente, para el órgano de dirección (art. 20).
- • Políticas de criptografía y cifrado: Uso de cifrado en tránsito y en reposo cuando proceda, con políticas que definan algoritmos y gestión de claves.
- • Seguridad de RRHH, control de acceso y gestión de activos: Altas y bajas de personal, mínimo privilegio, inventario de activos y control de accesos.
- • Autenticación multifactor y comunicaciones seguras: MFA o autenticación continua, comunicaciones de voz, vídeo y texto seguras y sistemas de comunicación de emergencia.
Cómo se aplican en la práctica
La directiva pide proporcionalidad: una mediana empresa no implanta lo mismo que una gran operadora, pero sí tiene que abordar las diez áreas. El órgano de dirección debe aprobar las medidas y supervisar su eficacia (art. 20), y los plazos de notificación de incidentes del artículo 23 condicionan cómo se diseña la gestión de incidentes (alerta temprana en 24h, notificación en 72h e informe final en un mes).
El camino habitual es un análisis de gaps: comparar lo que ya tienes contra estas diez medidas, priorizar los huecos por riesgo y construir un plan con fechas.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas medidas exige el artículo 21 de NIS2?
Diez medidas mínimas de gestión de riesgos, desde el análisis de riesgos y la gestión de incidentes hasta la autenticación multifactor y la seguridad de la cadena de suministro.
¿Las medidas son iguales para entidades esenciales e importantes?
Sí, las medidas del artículo 21 son las mismas para ambas. Cambia el régimen de supervisión (proactivo para esenciales, reactivo para importantes) y el tope de las sanciones.
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Contenido orientativo basado en la directiva (UE) 2022/2555 y su transposición española. No constituye asesoramiento jurídico.